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Una persona acuerda que cuando entra en un contrato de PODER GENERAL AMPLIO Y SUFICIENTE con PANAMA FINANCE LAW & CO. entrará en una relación abogado-cliente a partir de ese punto en adelante relacionado con el asunto en cuestión y de acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, Gaceta Oficial N° 24,305 de 21 de mayo de 2001. Acuerdo N° 49 de 24 de abril de 2001; por el cual se aprueba la Tarifa de Honorarios Profesionales Mínimos en la República de Panamá. Además, las siguientes tarifas se aplicarán principalmente en ASUNTOS CIVILES Y/O DE DERECHO COMERCIAL, que comprenden generalmente leyes corporativas, inmobiliarias, fiscales, de seguros y de valores, como sigue: $150 por hora o $1,200 por día hábil, incluido el trabajo prestado por PANAMA FINANCE LAW & CO. y sus socios, abogados, asociados, paralegales y/o asistentes en función de la complejidad y el tiempo involucrados en el tema en cuestión.

Y el cliente autoriza expresamente a PANAMA FINANCE LAW & CO. a debitar todos los gastos incurridos de una cuenta de gastos del cliente atribuidos dentro del contexto de los contratos empleados en la ejecución del asunto en cuestión y/o mediante la escritura pública de la PODER GENERAL AMPLIO Y SUFICIENTE con PANAMA FINANCE LAW & CO. y la persona debe entender que, cuando él o ella entran en un contrato de PODER GENERAL AMPLIO Y SUFICIENTE con PANAMA FINANCE LAW & CO. esencialmente está contratando a la empresa para que lo reemplace en una amplia gama de esfuerzos que llevan las tarifas por hora/diarias descritas anteriormente que pueden detallarse y proporcionarse por solicitud.

En el curso normal de su práctica legal, PANAMA FINANCE LAW & CO. puede participar ocasionalmente en un amplio espectro de actividades en relación a, que incluyen pero no se limitan a: Banca, Seguros y Valores, Finanzas Corporativas y Mercados de Capitales, Inversiones y Adquisiciones, Finanzas de Proyectos y Bienes Raíces Comerciales, Oficinas Familiares y Fondos de Inversión Privados, Derecho Corporativo, Tributario y de Valores, Gobierno Corporativo y Estructuración Financiera, entre otros. Al participar en estas actividades profesionales, los intereses de PANAMA FINANCE LAW & CO. pueden entrar en conflicto con los intereses de sus relaciones abogado-cliente.

PANAMA FINANCE LAW & CO. puede tener una estructura de tarifas más alta que los abogados independientes, como resultado del valor de los socios y gerentes de la firma, los clientes que adquieren los servicios legales de PANAMA FINANCE LAW & CO. reconocen que conocen el alto perfil y valor de la firma.

Alentamos a los usuarios de este sitio a buscar asesoramiento independiente de sus asesores fiscales, contables, legales u otros según se considere apropiado. La información en esta página es solo para fines informativos. Está destinado a terceros y aquellos que buscan información sobre PANAMA FINANCE LAW & CO. La información contenida en este documento no constituye ni debe interpretarse como una oferta de asesoramiento legal o servicios transaccionales o una oferta para proporcionar o una solicitud para proporcionar servicios legales en cualquier jurisdicción en la que dicha oferta o solicitud sería ilegal bajo las leyes de valores, seguros u otras leyes de dicha jurisdicción.

Arturo Enrique Miranda Castillo, Abogado Idóneo No. 13755 emitido por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, tiene registro persona natural No. 0314 como CUSTODIO LOCAL AUTORIZADO… según Acuerdo No. 1048 del 24 de Noviembre de 2015 emitido por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, Órgano Judicial de la República de Panamá, acorde a la Ley 47 del 6 de Agosto de 2013, modificado por la Ley 18 de 23 de Abril de 2015.

Arturo Enrique Miranda Castillo, tiene a título personal su resolución de Banquero de Inversión No. 574245845 emitida por la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Comercio e Industrias de Panamá. Comprende otras actividades auxiliares a las actividades de servicios financieros, asesor de inversiones (inmobiliarias) y servicios de comisionista. Sus servicios no comprenden el ofrecimiento de valores públicos y/o asesorías sobre valores listados y/o intermediación o compraventa de valores, instrumentos y/o contratos financieros cotizados u otros similares.

Panama Finance Law & Co., Sociedad Civil de Abogados con Ficha No. 26739, registrada en la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, tiene registro persona jurídica No. 0315 como CUSTODIO LOCAL AUTORIZADO… según Acuerdo No. 1048 del 24 de Noviembre de 2015 emitido por la Sala de Negocios Generales de la Corte Suprema de Justicia de Panamá, Órgano Judicial de la República de Panamá, acorde a la Ley 47 del 6 de Agosto de 2013, modificado por la Ley 18 de 23 de Abril de 2015.

Panama Finance Law & Co. incluye el 7% de ITBMS (Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios) en todos los honorarios por servicios prestados, según lo establece la Ley 8 de 15 de marzo de 2010 y la Ley 61 de 26 de diciembre de 2002. 

Panama Finance Law & Co. es una Sociedad Civil de Abogados y está registrada, regulada y supervisada por la Intendencia de Supervisión y Regulación de SNFs, adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas.

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